EL EMPLEADO
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La reforma tributaria (Ley 1607 de 2012): El artículo 329 del Estatuto Tributario define al empleado como toda persona natural residente en el país cuyos ingresos provengan en una proporción igual o superior a un 80% de la prestación de servicios de manera personal o de la realización de una actividad económica por cuenta y riesgo del empleador o contratante, mediante una vinculación laboral o legal y reglamentaria o de cualquier otra naturaleza, independientemente de su denominación.